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sábado, 16 de abril de 2011

Legalizacion de documentos por el Consulado Italiano

Ciudadanos argentinos residentes en el exterior que deseen legalizar documentación argentina para el reconocimiento de ciudadania italiana en otro país.

Aquellos que no sean residentes en la circunscripción consular y que deseen tramitar la ciudadania italiana a traves de un consulado en otro pais o en el comune de residencia, deberán presentar:

Certificado de residencia en el exterior en original

Para aquellos residentes en Italia certificado de residencia o documento de identidad que atestigue la residencia en el país

Actas de registro civil en original traducidas por traductor autorizado y legalizada por el Colegio de Traductores ( Av. Corrientes 1834- Telefono 4373-7173)

Si las actas civiles argentinas han sido emitidas con fecha anterior al 01.07.1990, estas deberán ser legalizadas por el Ministerio de Relaciones Exteriores Argentino ( Arenales 821 ) por la Apostilla de la Haya y luego traducidos al italiano por traductor autorizado y legalizado por el Colegio de Traductores (Av. Corrientes 1834 – Telefono 4373-7173).

En el caso que el interesado no pueda presentarse personalmente será representado por un apoderado

Estas legalizaciones son aranceladas.

Aquellas personas que intentan legalizar actas de registro civil, sentencias, poderes, realizados en presencia de escribanos, y emitidos por las autoridades argentinas, para el reconocimiento de la ciudadania deben atenerse al siguiente procedimiento:

Legalizar por el Ministerio de Relaciones Exteriores Argentino con la Apostilla de la Haya y traducidas al italiano por traductor autorizado y legalizadas por el Colegio de Traductores ( Av. Corrientes 1834- Telefono 4373-7173)

Las actas italianas que deben presentarse en Argentina para tramites que no sean de Ciudadanía deben estar apostilladas con la Apostilla de la Haya emitida por la Prefettura o la Procura de la Republica de la provincia donde ha sido emitido el acta.

http://www.consbuenosaires.esteri.it/Consolato_BuenosAires/Menu/La_Comunicazione/Domande+frequenti/Domande-frequenti-notarile.htm


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Consulado Italiano Servicios notariales

Para poder efectuar un poder a través del Consulado Italiano es necesario presentarse personalmente munido de :

Documento que demuestre la residencia.

DNI donde conste el domicilio. El documento no puede tener mas de diez años de antiguedad.

O cedula de Mercosur con una antiguedad no superior a cinco años.

Pasaporte italiano o Carta d'Identitá italiana en curso de validez ( para ciudadanos italianos residentes en Italia )

Se aconseja consultar al propio abogado de confianza para definir que tipo de poder prestará el consulado.

En el caso en el cual el firmatario del acta notarial sea analfabeto o imposibilitado de firmar, deberá presentarse acompañado de dos testigos mayores de edad, no familiares, munidos de documentos de identidad válidos.

Informaciones relativas a la persona a las cuales se intenta dar el poder ( apoderados )

Apellido y nombre.

Lugar y fecha de nacimiento.

Dirección completa.

Profesión.

Codigo fiscal.

Las funciones del apoderado varian segun el tipo de poder que le será conferido.
Podrá por ejemplo, adquirir o vender un inmueble, rescatar sumas de dinero o titulos de crédito, ocuparse de sucesiones, etc.

Los poderes pueden ser revocados para lo cual deberá presentarse una copia del poder que se intenta revocar, o indicar el número de expediente con el cual se solicitó al consulado.

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Servicio Militar en Italia

La Ley 23 de agosto 2004, n.226 ha fijado al 31.12.2004 la fecha de la ultima llamada a las armas; por lo tanto del 1 de enero 2005, el servicio militar asume caracter voluntario.

El Decreto Ministerial del 20 setiembre 2004 ha fijado al 30 setiembre 2004 la fecha de la ultima llamada al servicio militar.
Por lo tanto a partir del 1 de octubre 2004, los jovenes ya previamente llamados por los tribunales no deberán mas presentarse.
Permanece invariable las llamadas para aquellos que hayan presentado pedido de enrolamiento en calidad de Voluntarios.
Pueden enrolarse voluntariamente los ciudadanos de ambos sexos que tengan entre 18 y 25 años y que hayan cursado la escuela secundaria.
Para tener una información detallada y acceder al modelo para la presentación de inclusión a concurso, entrar al sitio del Ministerio de Defensa http://www.difesa.it/
http://www.consbuenosaires.esteri.it/Consolato_BuenosAires/Menu/Il_Consolato/Gli+Uffici/Ufficio-leva.htm

Consulado Italiano Buenos Aires

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