Las mujeres casadas antes del 27 de abril de 1983 toman la ciudadanía italiana en forma automática cuando le es concedida a su esposo.
El trámite de reconocimiento puede ser solicitado en cualquier momento por el cónyuge aun si se hubiesen divorciado siempre y cuando la disolución del vínculo matrimonial haya ocurrido después de la fecha mencionada.
Las mujeres o varones casados con ciudadano/ a italiano después del 27 de abril de 1983 pueden solicitar el reconocimiento de su ciudadanía después de tres años del matrimonio, si no hubo disolución conyugal,.
Este plazo se reduce a seis meses si la pareja vive en Italia.
Los plazos mencionados se reducen a la mitad si la pareja tiene hijos propios o adoptados.
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