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sábado, 4 de septiembre de 2010

Partidas Italianas para uso Ciudadania

El consulado italiano requiere que las partidas emitidas por registro civil italiano sean en formato plurilingue

Las partidas de bautismo en cambio deben ser la fotocopia original del libro de la iglesia autenticada por la iglesia y por la Curia Vescovile.

Si el libro no puede ser fotocopiado porque sus condiciones son precarias se debe hacer constar por el Cancelliere de la Curia Vescovile en el certificado de nacimiento.

www.documentositalianos.com.ar

1 comentario:

  1. Hola, en mi caso el tema es un casamiento en el año 1888 en General Las Heras, Buenos Aires y el registro civil se creo en 1889, por lo que no existe constancia en el registro civil. La partida parroquial de casamiento es argentina y no italiana. En este caso, quien deberia autenticar el documento para presentarlo ante el consulado?. Gracias!.

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