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REGIONES AUTÓNOMAS DE ITALIA De acuerdo al artículo 116 de la Constitución de la Republica Italiana se preveen condiciones particu...

martes, 28 de diciembre de 2010

Consulado Italiano Ciudadania Italiana para hijos de ciudadanos inscriptos

IMPORTANTE: Se hace presente que los hijos de ciudadanos italianos regularmente inscriptos en los registros consulares podrán presentar directamente a la Oficina de Estado Civil la documentación personal para el reconocimiento de la ciudadanía italiana.
Una vez obtenida la fecha y el horario del turno, podrán presentarse a este Consulado General sólo los interesados con un DNI con menos de 10 años de emitido o la Cédula MERCOSUR vigente. En los casos de los regresos (RIENTRI), deberán además presentar la "check list" o carta de citación

Consulado Italiano Ciudadania Italiana por matrimonio

NATURALIZACIÓN: Reservado a aquellas personas que presenten solicitud de naturalización por matrimonio en virtud de los artículos 5 y 7 de la Ley nº91 del 02/1992 y Ley nº94 del 15/07/2009. Requisitos: residencia en la circunscripción consular y mantenimiento del vínculo matrimonial, es decir que se podrá presentar la solicitud sólo si no hubo disolución del vínculo: anulación o cesación de los efectos civiles o fallecimiento del cónyuge (la separación personal impide la concesión de la ciudadanía italiana, una vez obtenido el decreto

Nuevas disposiciones Consulado Italiano Ciudadania Italiana

Se informa que, a fines de garantizar un ingreso regular y programado del publico, a partir del lunes 08/11/2010 la Oficina de Ciudadanía de este Consulado General recibirá al público a través de un sistema de solicitudes de turnos online que será activo desde el 04/11/2010. Este servicio se brindará para los siguientes trámites:

"RIENTRI" (regresos):
aquellas solicitudes de ciudadanía italiana iure sanguinis ya analizadas por esta Oficina que han sido rechazadas en cuanto incompletas y por las cuales los interesados deseen presentar las integraciones o rectificaciones solicitadas. Cada persona mayor de 18 años interesada en obtener la ciudadanía italiana deberá solicitar el respectivo turno. Requisitos: residencia en esta circunscripción consular desde por lo menos 6 meses.
PRIMERA PRESENTACIÓN: reservado a aquellas personas que presenten por primera vez la solicitud de reconocimiento de la ciudadanía italiana. Las personas cuyos familiares ya han presentado la solicitud de reconocimiento de la ciudadanía y que la misma se encuentre todavía en trámite en este Consulado General, deberán esperar que el titular del turno reciba la carta de otorgamiento de la ciudadanía antes de presentar la nueva solicitud. Caso contrario, deberán presentar toda la documentación completa nuevamente. Cada persona mayor de 18 años interesada en obtener la ciudadanía italiana deberá solicitar el respectivo turno. Requisitos: residencia en esta circunscripción consular desde por lo menos 12 meses.

sábado, 2 de octubre de 2010

Demoras en el Consulado de Buenos Aires

De acuerdo a las ultimas noticias y en consecuencia de haber adelantado los turnos dados el consulado está con cierta demora con los nuevos expedientes recibidos.

La demora actual es de 10 meses por lo tanto el consulado ha cerrado hasta el dia 4 de octubre en que reabrirá nuevamente para seguir recibiendo tramitación.

Setiembre 2010

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Tramitar ciudadania directamente en Italia

La ciudadania italiana se puede tramitar en Italia fijando residencia en cualquier comune

No es necesario que sea el mismo comune en el cual ha nacido nuestro avo italiano.

Luego de fijar residencia ya sea con una carta de hospitalidad de algun familiar o bien alquilando alguna habitación se debe esperar a que pase el vigile y constate que estamos viviendo alli

Una vez que figuramos en el sistema del comune como residentes podemos presentar la carpeta y luego resta aguardar a que el tramite finalice.

La duración del mismo varia en función de la demora de los consulados italianos en Argentina en enviar los attestati.

Los attestati son los documentos que emite el consulado que certifican que nadie en la linea sucesoria ha renunciado a la ciudadania italiana.

Esta demora está en la actualidad entre los dos o tres meses

Una vez ingresado el tramite se solicita al comune la carta de ciudadania que establece que la residencia nuestra sera en " atessa di Cittadinanza  En espera de ciudadania.
Solicitamos en la posta italiana un permiso de soggiorno que nos deja legal en territorio italiano todo el tiempo en que tarde en salir la ciudadania.

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domingo, 5 de septiembre de 2010

Ciudadania por Matrimonio

Las mujeres casadas antes del 27 de abril de  1983 toman la ciudadanía italiana en forma automática cuando le es concedida  a su esposo.

El trámite de reconocimiento puede ser solicitado en cualquier momento por el cónyuge aun si se hubiesen divorciado siempre y cuando la disolución del vínculo matrimonial haya ocurrido después de la fecha mencionada.

Las mujeres o varones casados con ciudadano/ a italiano  después del 27 de abril de 1983 pueden solicitar el reconocimiento de su ciudadanía después de tres años del matrimonio, si no hubo disolución conyugal,.

Este plazo se reduce a seis meses si la pareja vive en Italia.

Los plazos mencionados se reducen a la mitad si la pareja tiene hijos propios o adoptados.

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sábado, 4 de septiembre de 2010

Apostillado de Actas civiles

Si el trámite de ciudadania italiana será realizado en Italia las partidas de registro civil argentinas o de otro país que no sean italianas deben estar apostilladas.

Luego se traduce el texto de las partidas y la apostilla y esta traducción se legaliza por el Colegio de Traductores.

Legaliza finalmente al Colegio de Traductores una segunda apostilla.

También puede traducirse la partida apostillada y legalizar las traducciones directamente  en Italia en el Tribunale Civile

Ministerio del Exterior y Culto

Arenales 819 Telefono: 4819.7502




Consulte por el tramite en Italia

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Partidas Italianas para uso Ciudadania

El consulado italiano requiere que las partidas emitidas por registro civil italiano sean en formato plurilingue

Las partidas de bautismo en cambio deben ser la fotocopia original del libro de la iglesia autenticada por la iglesia y por la Curia Vescovile.

Si el libro no puede ser fotocopiado porque sus condiciones son precarias se debe hacer constar por el Cancelliere de la Curia Vescovile en el certificado de nacimiento.

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Partidas de Iglesias anterior a la creación del Registro Civil

Estas partidas de bautismo deben ser solicitadas directamente a las iglesias

Para la ciudad de Buenos Aires la legalización se realiza en el Obispado, Avda Rivadavia 415 de 9 hs a 12 hs.

Telefono: 011-  4-343-0812

Luego se deben legalizar nuevamente en el Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto Esmeralda 1212,


Telefono:  011- 4-819-7000

Las partidas de iglesias de provincias son legalizadas por el obispado competente y luego legalizadas por Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto.

Las traducciones de las mismas son legalizadas por el colegio de Traductores


Colegio De Traductores Publicos De La Cdad Bs As. Traductores Publicos --Teléfono: (011) 4373-7173 - 


Av Corrientes 1834, Capital Federal




http://www.traductores.org.ar/nuevo_org/home/default/?id_ruta=38&nivel2=39

Certificado de no naturalizado en Uruguay

Muchas veces nuestro antepasado italiano ha emigrado primero a Montevideo y luego se ha trasladado a la Argentina.

Si consta en algun documento que ha pasado por Uruguay se debe solicitar tambien el certificado de no naturalizado en Uruguay.

El trámite se realiza en Montevideo en la oficina inscriptora , 25 de Mayo 567 de lunes a viernes de 13 a 18.45 horas de marzo a diciembre y de 8:15 a 14 horas de diciembre a marzo.

Se completa un formulario que se retira en la sección Ciudadanía Legal.

Datos del solicitante, nombres y apellidos, documento de identidad, domicilio y teléfono.

De la persona italiana, nombres y apellidos completos de el y de sus padres y fecha de nacimiento.

Debe tramitar directamente la persona interesada o abogado.

El tramite se puede solicitar en Montevideo o en cualquier departamento de Uruguay.

Luego es legalizado por el Ministerio de Relaciones Exteriores y legalizado por el consulado italiano en Uruguay.

La traducción del mismo se puede realizar en la Argentina y legalizarlo posteriormente en el colegio de Traductores.

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Certificado de no naturalizado

Es el documento que prueba que nuestro avo italiano no ha tomado la ciudadania argentina.

Se gestiona en la Camara Nacional Electoral

Se debe descargar un formulario de la página oficial y completarlo con los datos.

Se adjunta este formulario mas una estampilla del Banco Ciudad de 10 $ y certificado de nacimiento de la persona italiana y certificado de defunción y se solicita directamente en la Camara.

Si las fechas no fueran exactas en cuanto a la edad de la persona fallecida que surge de la diferencia entre la fecha de nacimiento y defunción, la misma no puede superar los dos años.

Si fuese mayor esta diferencia el consulado está pidiendo que se rectifique el acta de defunción.

Cámara Nacional Electoral

25 de Mayo 245 ( 1002 ) Buenos Aires

Teléfono : 011-4370- 2500

Horario de 7.30 a 13.30

Se puede descargar el formulario del siguiente link ingresando por " Justicia Nacional Electoral " a la izquierda de la página. Luego entrar a Trámites y Formularios y de alli se descargan los formularios para Ciudadano Naturalizado y Ciudadano no Naturalizado.

http://www.pjn.gov.ar/

Ciudadania materna para hijos nacidos antes de 1948

La linea sucesoria se interrumpe cuando en la misma hay una mujer ya que como sabemos trasmite a hijos nacidos despues de 1948.

Sin embargo se suele malinterpretar esto y provoca dudas a la hora de gestionar la ciudadania

Si la mujer es nacida en 1900 y anterior en su linea sucesoria hay un hombre, recibe la ciudadania de ese hombre no importa en que fecha haya nacido.

Pero trasmite a hijos nacidos despues de 1948. Siguiendo con el ejemplo, supongamos que la señora se ha casado en 1935 y tiene varios hijos.

Dos hijos nacidos en 1940 y 1945, pero tiene un tercero nacido en 1949.

De los tres hijos solo uno, el nacido en 1949 podrá tomar la ciudadanía.

Esta ley a todas luces injusta se encuentra en estudio en el Parlamento Italiano.

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sábado, 28 de agosto de 2010